Denigrante.
Señores, quería que macerara un poco el post anterior y preparar el siguiente larguísimo y curradísimo, pero actualidad obliga.
He dudado un poco si subirlo o no porque, como bien sabéis, éste no es un blog de política sino de literatura, y además, de la mía. Pero me parece una puta vergüenza que a un humorista por hacer su trabajo —dibujar y reírse de la gente— le puedan caer dos años de cárcel. Paso de hablar del tema de las caricaturas de Mahoma, pero a toda la gente bienpensante le pareció fatal el cabreo musulmán y muchos se partieron el pecho dándose puñadas a favor de la libertad de expresión, incluidos los que ahora salen con aquello tan rancio de “Los hay que confunden libertad con libertinaje”. Juzguen ustedes.
Si al principito le molesta una caricatura pone una denuncia como todo hijo de vecino, y probablemente gane el juicio y se retiren las revistas, PERO NO ANTES. Eso me parecería muy bien. Pero claro, ahora es cuando hay que chillar que no es como todo hijo de vecino.
Me callo porque éste no es un blog de política, y como empiece a echar espumarajos no paro. Y no hay mucho más que decir, salvo proponer portada para la semana que viene:

Desde el faro,
Al.
Álvaro Naira © 2007














Rara Avis dijo
Segun la justicia la portada va contra estos articulos del codigo penal:
Artículo 490.
1. El que allanare con violencia o intimidación la morada de cualquiera de las personas mencionadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de prisión de tres a seis años. Si no hubiere violencia o intimidación la pena será de dos a cuatro años.
2. Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior, y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza fuera leve.
3. El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.
Artículo 491.
1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.
2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
Y segun la RAE:
calumnia.
(Del lat. calumnĭa).
1. f. Acusación falsa, hecha maliciosamente para causar daño.
2. f. Der. Imputación de un delito hecha a sabiendas de su falsedad.
injuria.
(Del lat. iniurĭa).
1. f. Agravio, ultraje de obra o de palabra.
2. f. Hecho o dicho contra razón y justicia.
3. f. Daño o incomodidad que causa algo.
4. f. Der. Delito o falta consistente en la imputación a alguien de un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o estimación.
prestigio.
(Del lat. praestigĭum).
1. m. Realce, estimación, renombre, buen crédito.
2. m. Ascendiente, influencia, autoridad.
3. m. p. us. Fascinación que se atribuye a la magia o es causada por medio de un sortilegio.
4. m. p. us. Engaño, ilusión o apariencia con que los prestigiadores emboban y embaucan al pueblo.
En ningun momento esta portada calumnia, ni injuria a las personas referidas. Y mucho menos desprestigian a la corona, todo lo contrario, cuantos de nosotros nos tirariamos a la Letizia en sus buenos tiempos del Telediario. Que te retraten tirandote a la del telediario no quita prestigio señores, lo da, lo da...
22 Julio 2007 | 03:25 AM